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SERGIO CHOQUE AFIRMA QUE LEY DE ARRAIGO BUSCA PRECAUTELAR LA ECONOMÍA DEL ESTADO

Prensa Diputados – 26/08/2020.- Con el objetivo de precautelar los intereses económicos del país, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó con modificaciones el Proyecto de Ley 197/2019-2020 de permanencia obligatoria en territorio nacional de autoridades del nivel central del Estado y Entidades Territoriales Autónomas, quienes no podrán salir del país durante los tres meses posteriores a la dejación de sus cargos.
Luego de la aprobación legislativa, el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Choque, destacó el propósito del Proyecto que prácticamente determina el arraigo de altos funcionarios públicos, a fin de que rindan cuentas de sus respectivas gestiones en instancias del Estado.
“Hemos visto durante esta gestión de nueve u ocho meses que algunos funcionarios, no voy a decir todos, han huido del país llevándose grandes cantidades de dinero; eso ya no podemos permitir las autoridades que aún estamos en vigencia”, subrayó la autoridad.
Consideró que pese a que existen normas como la Ley 1178 y la 004 para frenar malos manejos económicos, algunas autoridades las burlan y no rinden cuentas de los dineros que administraron, por lo que a partir del Proyecto de Ley que está en fase de revisión la Dirección de Migración asumirá el control para su cumplimiento.
El diputado Choque precisó que los altos funcionarios que estarán bajo la observancia del proyecto de Permanencia Obligatoria son de los cuatro órganos del Estado: Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Electoral.
Según el texto aprobado, el objeto de la ley “es establecer la obligación de permanecer en el territorio nacional por el lapso de tres meses de haber cesado el mandato o ser destituido la o el Presidente, Vicepresidente, Ministros de Estado, Gobernadores, Alcaldes, las Directivas y Oficialías Mayores dela Asamblea Plurinacional, Asambleas Legislativas Departamentales, Concejos Municipales y Máximas Autoridades Ejecutivas de las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales, a efectos de rendir los informes que se requieran a las autoridades entrantes, en el marco de la transparencia y precautelando los intereses del Estado”.
Por otra parte, el Artículo 4 del Proyecto señala que “las autoridades salientes que incumplan la presente ley serán pasibles penalmente”

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