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Diputados sancionó proyecto de ley que autoriza la conversión de la clasificación de la pequeña propiedad titulada a propiedad mediana

La Cámara de Diputado sancionó el Proyecto de Ley 157/2023-2024, que autoriza al Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) para la conversión de la clasificación de la pequeña propiedad titulada a propiedad mediana, de manera voluntaria y gratuita. Se llegó a ese resultado con la aprobación, por mayoría de votos, de modificaciones efectuadas por la Cámara de Senadores.

“Habiéndose aceptado las modificaciones propuestas por la Cámara de Senadores, queda sancionada la presente ley. Remítase al Órgano Ejecutivo para fines consiguientes”, manifestó la presidenta en ejercicio de la Cámara de Diputados, Daniela Cabrera.

Las disposiciones del proyecto de ley se aplicarán a nivel nacional para todas las pequeñas propiedades que se encuentren tituladas por el INRA y que cumplan con los requisitos establecidos para su conversión.

“Se autoriza al INRA a realizar la conversión de la clasificación de la pequeña propiedad titulada a propiedad mediana en un plazo máximo de 10 días hábiles”, menciona el artículo 3 del instrumento legal.

El proyecto de ley explica que la reconversión es un “procedimiento de actualización catastral, por el cual la o el titular del derecho propietario de la pequeña propiedad solicita por escrito de manera voluntaria al INRA, el cambio en la clasificación de su propiedad a mediana propiedad, sin más trámite que la solicitud escrita y una Declaración Jurada voluntaria donde exprese claramente la decisión de la conversión”.

La o el titular del derecho propietario podrá acceder al procedimiento de manera gratuita cumpliendo con el trámite establecido en la reglamentación que será elaborada. “Las pequeñas propiedades convertidas a mediana propiedad estarán sujetas a verificación de la Función Económica Social – FES 10 años posteriores a la conversión”, añade el proyecto de ley.

Asimismo, menciona que el INRA, efectuada la conversión, deberá actualizar en el Catastro Rural la nueva calificación a propiedad mediana, según corresponda, de manera definitiva.

El Órgano Ejecutivo deberá elaborar la reglamentación respectiva en un plazo de 60 días hábiles a partir de la publicación del instrumento legal promulgado.

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