En su 208.ª sesión ordinaria, la Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Ley N.º 254/2025-2026, que reconoce la potestad legislativa de los gobiernos autónomos municipales para autorizar la transferencia de bienes inmuebles de dominio público y de su patrimonio institucional.
“Habiéndose aprobado en sus dos estaciones, en grande y en detalle, y siendo la Cámara de Origen, remítase a la Cámara de Senadores para fines constitucionales de revisión”, señaló la vicepresidenta de la Cámara de Diputados, Daniela Cabrera.
El proyecto de ley prevé modificar los artículos 16 y 26 de la Ley N.º 482, con el propósito de facultar a los concejos municipales a autorizar la enajenación de bienes mediante una ley aprobada por dos tercios de sus miembros. Asimismo, establece el procedimiento para su tramitación.
También propone modificar los artículos 6 y 15 de la Ley N.º 247, a fin de precisar que la transferencia de bienes inmuebles del patrimonio institucional requiere la aprobación del órgano legislativo municipal. En el caso de los bienes de dominio público, también se requerirá la aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
Una vez publicada la ley correspondiente, los beneficiarios podrán iniciar el trámite de inscripción de su derecho propietario.
La disposición final única del proyecto establece que la transferencia de bienes inmuebles del patrimonio municipal deberá regirse por criterios de transparencia, legalidad y responsabilidad.
Por su parte, Derechos Reales deberá gestionar la inscripción del derecho propietario de los beneficiarios, previa verificación del cumplimiento de los requisitos normativos, sin exigir documentación adicional ni imponer trabas injustificadas.










