La Cámara de Diputados sancionó el Proyecto de Ley 417/2025-2026 para la abrogación de la Ley 1720, que autoriza al Instituto Nacional de Reforma Agraria a que las pequeñas propiedades tituladas sean convertidas en medianas por petición de los propietarios, con las modificaciones realizadas por el Senado para la inclusión de dos disposiciones transitorias finales.
“Habiéndose aceptado las modificaciones propuestas por la Cámara de Senadores queda sancionada la presente ley. Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales”, expresó el presidente de la Cámara de Diputados, Roberto Castro Salazar.
La Cámara de Senadores incorporó en la víspera disposiciones transitorias al Proyecto de Ley 417/2025-2026.
La primera menciona que la Cámara de Senadores, en coordinación con la Cámara de Diputados, queda encargada de concertar y proponer en un plazo no mayor a los 60 días un marco normativo que defina las condiciones, los procedimientos y las salvaguardas, para que la pequeña propiedad agraria acceda a beneficios posteriormente a su conversión, como proceso técnico, administrativo y legal voluntario.
Además, determina que se preserve la exclusión expresa y la protección de las tierras comunitarias de origen, territorios indígenas originarios campesinos, comunidades y las áreas de reserva natural, según la caracterización ya establecida.
La segunda pide que el proceso de concertación garantice la participación de las entidades nacionales y departamentales con representatividad y legalidad verificadas, tomando como base a las comisiones agrarias departamentales creadas por la Ley N° 1715, del Servicio Nacional de Reforma Agraria del 18 de octubre de 1996










