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Diputados aprueban norma que simplifica procedimiento para restitución de derechos laborales

Prensa Diputados, 08 de Jul de 2022.- El presidente de la comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral, diputado Juan José Jáuregui (MAS-IPSP) explicó que el proyecto de Ley 283/2021-2022, aprobado ayer jueves por más de dos tercios en la Cámara Baja, simplifica los procedimientos administrativos para resguardar el derecho a la estabilidad laboral de aquellos trabajadores que fueron despedidos de manera injustificada.

El asambleísta nacional explicó esta mañana que, los trabajadores que fueron retirados sin un justificativo válido, tienen que atravesar una “vía crucis” en el campo administrativo, jurisdiccional, constitucional y penal para recuperar su fuente laboral. Este procedimiento que se extendía incluso por más de dos años, con la nueva normativa, se reducirá hasta cuatro meses, según el diputado del oficialismo.

“Los trabajadores iniciaban con un proceso administrativo en estricta aplicación al Decreto Supremo 28699, para luego transitar a la Ley 2341, al proceso administrativo, luego al Código Procesal Constitucional y al último llegaban al Código de Procedimiento Penal. No existía efectividad por parte de la norma para proteger los derechos laborales”, indicó.

La norma fue instruida por el Presidente del Estado Luis Arce y elaborada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en consenso con la Central Obrera Boliviana (COB), aclaró. Establece un procedimiento especial para la restitución de los derechos laborales, entre ellos, el derecho a la estabilidad e inamovilidad laboral, el pago de salario y el cumplimento del fuero sindical.

El proyecto de Ley incluye “mecanismos de resolución que ya no van a necesitar que los trabajadores tengan que ingresar hasta la revocatoria o hasta el recurso jerárquico; la única instancia de revisión, es el recurso de revisión que va a ser resuelto por la ministra de Trabajo. La manera de hacer exigible esta decisión es a través de un juez de trabajo”, detalló Jáuregui.

Por su parte, la ministra de Trabajo, Verónica Navia, durante su exposición ante el pleno camaral argumentó que, la propuesta gubernamental otorga a las resoluciones de revisión que emite esa cartera de Estado ante demandas de los obreros por despidos injustificados, un carácter coactivo y de cumplimiento obligatorio en la vía judicial.

“(El procedimiento) es tortuoso en los tiempos y los plazos largos, es por eso que estamos proponiendo un proceso bastante más corto”, expresó la autoridad nacional.

Juan Carlos Guarachi, máximo ejecutivo del ente matriz de los trabajadores, además de ejecutivos y representantes de la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia (FSTMB), la Federación Departamental de Trabajadores Fabriles de La Paz, el Sindicato Mixto de Trabajadores Mineros “MINDAI”, el Sindicato de Trabajadores Mineros Metalúrgicos “PAITITI” y el Sindicato de Trabajadores Fabriles “ALTIFIBERS”, siguieron el debate en el hemiciclo y saludaron la voluntad política del Ejecutivo y Legislativo para viabilizar la Ley.

“Este proyecto no es solo para fabriles o mineros, es para todos los trabajadores del país”, apuntó Guarachi. “En el actual contexto hay una ventaja, los trabajadores, podamos estar en permanente diálogo con el Gobierno, con el poder Ejecutivo, con el poder Legislativo”, señaló.

“El presidente de la Cámara de Diputados, es parte de la Central Obrera Boliviana, es un exejecutivo de la Confederación de Maestros Rurales de Bolivia, (…) él conoce perfectamente la demanda que tienen los diferentes sectores laborales del país. Entonces, en ese entendido, saludamos el apoyo y la ayuda que nos está brindando en este espacio para poder, de alguna manera, impulsar este proyecto de Ley en el más corto tiempo posible”, subrayó el dirigente.

Modificaciones
Cerca de ocho horas duró el debate parlamentario del proyecto de Ley 283 que cuenta con 15 artículos, una disposición adicional, tres transitorias, una abrogatoria, otra derogatoria y dos disposiciones finales.

En consenso con la oposición, se modificó el parágrafo 5 del artículo 13 y se excluyó la disposición final segunda. Finalmente, fue remitida al Senado para su consideración.

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