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DIPUTADOS APRUEBAN RESARCIMIENTO ECONÓMICO A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA POLÍTICA DURANTE GOLPES DE ESTADO DE 1964 A 1982

Prensa Diputados, 2 de Jun de 2022.- Sobre la base del trabajo e informe de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, el pleno camaral aprobó hoy por mayoría absoluta el proyecto de ley 221/2021-2022, que efectiviza el resarcimiento económico a 1.714 víctimas de violencia política durante los Gobierno inconstitucionales en el periodo del 4 de noviembre de 1964 al 10 de octubre de 1982.

Durante la década de 1960 a 1980, en este lado del mundo sucedieron una seguidilla de golpes de Estado, que provocaron graves violaciones de derechos desde detenciones ilegales, hasta torturas, desapariciones y asesinatos.

Recuperada la democracia, todos los países vivieron procesos de reconciliación y reparación de sus víctimas. Bolivia es el último en el continente en cumplir este cometido con la aprobación del proyecto de ley en cuestión, “pues si bien este proceso (de reparación del daño a las víctimas) se inició el 2004 con la vigencia de la Ley 2640, esa ley no dio certidumbre en cuanto a los recursos financieros para el resarcimiento económico a las víctimas de violencia política”, señala la parte de antecedentes de la norma.

“Hemos considerado que hay gente que por más de diez años está solicitando el resarcimiento de los daños y no se hacía efectivo”, sostuvo la presidenta de la comisión de Derechos Humanos, diputada Betty Yañiquez, durante su intervención ante el pleno de Diputados.

“Los que vivimos en la ciudad de La Paz, vemos que hay ciudadanos que están viviendo en carpas, una cantidad de ellos son calificados en este proyecto de ley. Claro que hay muchas más personas que quieren participar de esta calificación, pero no han cumplido con los requisitos”, complementó a tiempo de referirse a las víctimas de golpes de Estado que sostienen una vigilia permanente en el conocido Prado paceño, con la esperanza de encontrar justicia.

Para efectivar este resarcimiento, la normativa prevé la modificación del inciso b) del artículo 16 de la Ley N° 2640, para autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la asignación de un total de Bs. 99.925.916 del Tesoro General de la Nación (TGN) para el pago excepcional del 80% restante a los beneficiarios.

En la única disposición transitoria del proyecto de ley, establece que el monto correspondiente al 20% restante, que no hayan cobrado aún las víctimas de la época dictatorial, tendrán un plazo de un año para hacerlo, a partir de la promulgación de la presente norma. Pasado este tiempo, los recursos que no sean reclamados serán destinados a una cuenta fiscal para futuras reparaciones a víctimas de graves violaciones a sus derechos.

La disposición final primera establece que, los únicos beneficiaros del pago, en este caso las 1.714 víctimas, son los contemplados en el anexo de Decreto Supremo 1211 del 1 de mayo de 2012.

En cuanto a la fecha de inicio del pago del 80%, la disposición final segunda, indica que será comunicado por el Gobierno a través de un medio escrito de circulación nacional.

En su disposición final tercera, otorga la responsabilidad al Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, para que, en coordinación con otras instancias y niveles del Gobierno nacional y subnacionales, promuevan políticas públicas de reparación integral a los afectados, en un plazo no mayor a los ocho meses, después de la promulgación de dicha norma.

El proyecto de ley enviado del Órgano Ejecutivo cuenta con un solo artículo, una disposición transitoria y tres disposiciones finales. Será enviado al Senado para su respectiva consideración.

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