Prensa diputados – 09/09/2020.- El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Choque Siñani, explicó que el pago del Gobierno transitorio de $us 1,6 millones de interés, por los $us 327 millones que desembolsó el Fondo Monetario Internacional (FMI) es ilegal y está sujeto a que las autoridades del Ejecutivo se sometan a un juicio de responsabilidades.
“Está sujeto a un juicio de responsabilidades posteriormente el Gobierno que asuma el poder tiene que viabilizar este tipo de procesos, porque se está atentando a la economía del país, se está haciendo un daño económico de 1,6 millones de dólares, se está pagando sin haber gozado los bolivianos y bolivianas de este crédito que ha llegado a través del gobierno norteamericano”, expresó.
Se evidenció que el FMI desembolsó $us 327 millones para Bolivia y que el Gobierno transitorio pagó $us 1,6 millones de interés, pese a que este crédito no fue aprobado por la Asamblea Legisativa Plurinacional (ALP).
El presidente de Diputados dijo que sin que se haya aprobado este crédito en la ALP y ya se esté pagando los intereses es una contradicción a la Constitución Política del Estado.
“Lo que no se autoriza no es válido jurídicamente, el crédito que hace mención la presidente transitoria (Jeanine Añez), nosotros públicamente hemos mencionado que estamos dispuestos a aprobar pero que debe cumplir lo que dice la Constitución Política del Estado (CPE) de adjuntar documentos idóneos sobre todo que sea ventajoso para el país en cuanto a la firma del contrato”, sostuvo.
El 16 de junio de este año, por falta de documentación de respaldo, la Comisión de Planificación de la Cámara de Diputados resolvió rechazar el Proyecto de Ley que aprueba la contratación de un crédito externo por un monto de hasta 327 millones de dólares del FMI.
“No adjuntaron el contrato al momento de enviarnos la documentación correspondiente, esa ha sido la observación fundamental por la que se ha rechazado el crédito, no es que nosotros estemos en desacuerdo sino que queremos que se cumpla la Constitución”, agregó.
El artículo 322, numeral I de la CPE, establece que: “La Asamblea Legislativa Plurinacional autorizará la contratación de deuda pública cuando se demuestre la capacidad de generar ingresos para cubrir el capital y los intereses, y se justifiquen técnicamente las condiciones más ventajosas en las tasas, los plazos, los montos y otras circunstancias. II. La deuda pública no incluirá obligaciones que no hayan sido autorizadas y garantizadas expresamente por la Asamblea Legislativa Plurinacional”.
Sergio Choque resaltó que el Gobierno debe enviar la documentación a través del ministerio de Economía y Finanzas. “Volvemos a tratar y si hay necesidad imperiosa lo aprobamos pero no bajo estas condiciones de condicionamiento, chantaje, presión a través de los medios de comunicación y redes sociales”.