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COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS ANUNCIA PETICIÓN DE INFORME AL RECTOR DE LA UAGRM POR ACTO DISCRIMINATORIO DE UNA DOCENTE

Prensa Diputados, 25 de May del 2022. – A través de un pronunciamiento público, la comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, condenó la actitud discriminatoria de una docente de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM), contra una estudiante, y anticipó que alista una Petición de Informe Escrito (PIE) al rector de esa casa superior de estudios como medida fiscalizadora del hecho.

“Esta comisión camaral está gestionando una Petición de Informe Escrito (PIE) pormenorizado al rector de la UAGRM respecto al caso de la discriminación de la estudiante Mónica NN, suscitada en la facultad de Ciencias Políticas de dicha universidad. Al no existir acciones por parte del rector, esta comisión se reserva la posibilidad de convocar o inspeccionar a la UAGRM a fin de fiscalizar este hecho de discriminación”, señala parte del comunicado emitido hoy por la instancia legislativa.

En el marco de la celebración del Día Nacional Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, la estudiante de Ciencias Políticas denunció a través del periódico “El Universitario” los malos tratos de los que fue víctima por cuestionar la metodología que emplea la docente Rosario Ch., en la materia de Inglés.

“Decirte imbécil es un adulo a vos (…). Hasta vómito me da de saber que estás en mi clase”, lanzó la titular de la materia, a tiempo de pedir a la universitaria que se dedique a limpiar, estudiar y que no vuelva a su clase.

“Reprochamos toda forma de discriminación en contra de cualquier estudiante en todo el sistema universitario del país, público y privado, en especial en la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno del departamento de Santa Cruz”, menciona el punto dos del pronunciamiento.

Por último, la comisión de Derechos Humanos pidió al rector de la Universidad Autónoma una investigación imparcial y pronta, además de una sanción clara y contundente para Chávez, en el marco de la Ley 045 Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación.

El artículo 281 de la norma señala que la persona que arbitraria e ilegalmente restrinja o anule el ejercicio de los derechos individuales y colectivos, por motivos de sexo, edad, género, entre otros, tendrá una pena privativa de libertad de uno a cinco años. La sanción se agravará cuando sea un servidor público o autoridad quien incurra en el delito.

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