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DIPUTADOS APRUEBAN POR UNANIMIDAD RATIFICACIÓN DEL PROTOCOLO QUE APUNTA A PREVENIR Y ELIMINAR TODA FORMA DE TRABAJO FORZOSO

Prensa Diputados, 16 de Mar del 2022. – El Proyecto de Ley por el cual Bolivia ratifica el Protocolo Relativo al Convenio Sobre el Trabajo Forzoso, fue aprobado este miércoles por unanimidad en el pleno de la Cámara de Diputados y remitido al Senado para su consideración. 

El instrumento internacional establece que los Estados miembro deben adoptar medidas para prevenir y eliminar el trabajo obligatorio, proporcionando a las víctimas protección y reparación del daño, así como sanciones a los autores del delito.

“En el mundo tenemos más de 24,9 millones de personas sometidas al trabajo forzoso. Nosotros, siendo parte de este Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), estamos aprobando (la ratificación) de este Protocolo (…). Absolutamente nadie está a favor de este delito, que inclusive tiene que ver con trata y tráfico de personas”, declaró el presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani Laura, respecto a la norma.

El Protocolo ratificado condice con la Constitución Política del Estado Boliviano, artículo 15 donde establece que, ninguna persona podrá ser sometida a servidumbre ni esclavitud y prohíbe la trata y tráfico de personas. De la misma forma, el artículo 46, parágrafo III, impide toda forma de trabajo forzoso.

Cabe mencionar también que, en el país está vigente la Ley N° 263, Contra la Trata y Tráfico de Personas, donde se define al trabajo forzoso como cualquier labor o servicio desempeñado por una persona, bajo la amenaza o coacción, con o sin su consentimiento.

El Protocolo 2014 es un Tratado Formal que requiere ratificación por la Asamblea Legislativa Plurinacional. Subsana los vacíos en la aplicación del Convenio Nº 29 de 1930, Relativo al Trabajo Forzoso u Obligatorio.

Su artículo 1 establece que los Estados, entre ellos, el Estado boliviano, deberán adoptar medidas eficaces para prevenir y eliminar el trabajo forzoso u obligatorio, prestando a las víctimas protección, acceso a acciones jurídicas, reparación y justa sanción a los autores del delito.

En su disposición final única, la propuesta de Ley señala que los ministerios de Trabajo, Empleo y Previsión Social, de Justicia y Transparencia Institucional, de Gobierno y otras instancias involucradas, deberán coordinar en el marco de sus competencias, las gestiones y acciones necesarias para la implementación del Protocolo.

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