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DIPUTADOS APRUEBAN PROYECTO DE LEY QUE DECLARA CAPITAL ITINERANTE DE LA CUECA A TODOS LOS DEPARTAMENTOS DE BOLIVIA

Prensa Diputados, 1 de Jun del 2022.- Por unanimidad, el pleno de Diputados aprobó la tarde de este miércoles el proyecto de ley N°172/2021-2022, que declara “Capital itinerante y rotativa de la cueca boliviana” a todos los departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia.

La sesión fue realzada con canciones como “Cantarina” y “Viva mi patria Bolivia” interpretadas por el compositor boliviano, Willy Claure, además proyectista de la norma. Esta hazaña cultural se suma a otros aportes que hizo, como el impulso a la promulgación de la Ley 764, que declara a la cueca Patrimonio Inmaterial de Bolivia y establece el primer domingo de octubre de cada año, como el Día de la Cueca Boliviana.

“El corazón está latiendo rapidísimo en ritmo de cueca, feliz por haber sentido este apoyo de todas las autoridades, de todos los diputados. Han aprobado por unanimidad esta etapa, falta una etapa más con Senadores y después la promulgación. Tendremos todo listo para homenajear a la cueca”, expresó Claure, poco después de haber recibido de la mano del presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani Laura, un merecido reconocimiento.

La propuesta de ley que cuenta con tres artículos fue enviada al Senado para su respectiva consideración y aprobación. Establece que Tarija, Chuquisaca, Santa Cruz, La Paz, Cochabamba, Pando, Potosí, Beni y Oruro, en ese orden, ejercerán la capitalía de la cueca de manera anual.

Durante ese lapso, las gobernaciones y alcaldías anfitrionas, tendrán la responsabilidad de fomentar su práctica, así como de investigar y promocionar los valores musicales, poéticos y coreográficos de la danza.
Con ese fin, ambos niveles del Estado podrán conformar una “comisión organizadora”, donde participen otros actores como instituciones y personalidades de la sociedad civil comprometidas con el patrimonio cultural boliviano.

El Gobierno, a través del Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, y los gobiernos departamentales y municipales dispondrán los recursos necesarios de acuerdo a su disponibilidad financiera, para efectivizar el cumplimiento de la presente ley, suscribe el artículo 3 de la norma propuesta.

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